La División
de Bienestar del Ejército (DIVBIE), a través de la Jefatura de Ahorro para la
Vivienda (JAVE), informa al personal de la Institución que en conformidad a la normativa legal y
reglamentaria que rige para los seguros que obligatoriamente deben complementar
las operaciones crediticias que otorga el mercado financiero-bancario, es
necesario que éstas, cuenten con un “seguro de desgravamen”. Por tal motivo, es importante reforzar el
procedimiento sobre la activación de los seguros y específicamente el de
desgravamen, en atención a los siniestros por fallecimientos presentados en el
último período y que han tenido que afrontar tanto los familiares de los
afectados, como los encargados del área de personal de las unidades. Al ocurrir un
deceso de alguno de los integrantes de la Institución y que sean beneficiarios
de la JAVE, se deberá lo antes posible, dar aviso al teléfono 226934018 y
remitir al correo electrónico: lrocha.jave@ejercito.cl, la siguiente documentación: -
Fotocopia cédula de identidad. - Certificado de nacimiento. -
Certificado de defunción que indica la causa de
muerte. -
Certificado de matrimonio, si corresponde. -
Parte policial, si corresponde. - Documento médico de epicrisis.
Cabe mencionar,
que el plazo para informar a la respectiva compañía de seguros sobre el
siniestro ocurrido es de 180 días corridos, por lo que cualquier atraso y demora
en la entrega de la documentación a la JAVE y, posterior envío a la compañía
aseguradora, involucraría la imposibilidad de cobro y pago de los seguros
contratados, con los consiguientes perjuicios que ello implique.