Se informa al personal de la institución, que en conformidad a la normativa legal y reglamentaria que rige para los seguros que obligatoriamente deben complementar las operaciones crediticias que otorga tanto el mercado financiero-bancario y la JAVE, se hace necesario contar con un seguro de “desgravamen”. Lo expresado tiene por objeto, reforzar la información sobre los seguros y especialmente la activación del seguro de desgravamen, ante situaciones de siniestros de muerte presentadas en el último período y que han tenido que afrontar tanto los familiares de los afectados, como los encargados del área de personal de las unidades. Para los casos en comento, al presentar el deceso de alguno de los integrantes de la institución y que son beneficiarios por la JAVE, deben accionar dando aviso de ello remitiendo al correo electrónico: lrocha.jave@ejercito.cl, la siguiente documentación para activar el seguro de “desgravamen”: -Fotocopia Cédula de Identidad. -Certificado de nacimiento. -Certificado de defunción que indica la causa de muerte. -Certificado de matrimonio, si corresponde. -Parte policial, si corresponde. -Documento médico de epicrisis. Cabe mencionar, que el plazo para informar a la respectiva compañía de seguros sobre el siniestro ocurrido es de 180 días corridos, por lo que cualquier atraso y/o demora en la recepción de la información a la JAVE y posterior envío a la compañía aseguradora, involucraría la imposibilidad de cobro y pago de los seguros contratados, con los consiguientes perjuicios que ello implique. Para conocer más de los beneficios visite la página web www.jave.cl Fono: 226934018 Seguros JAVE. CALL CENTER: 226934010/22694311