Beneficiarios
de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda (JAVE), podrán solicitar un crédito
de reparación menor a las viviendas por un monto máximo de 100 UF. Si por plazo
ya cuenta con uno y tiene la mitad del crédito cancelado, puede renegociar
nuevamente.
CONDICIONES
GENERALES
- Ser
personal activo o en condición de retiro con pensión recontratado en la
Institución.
- No
tener crédito vigente del mismo tipo.
- El
monto máximo del crédito no podrá superar las UF 100.
- El
plazo máximo del crédito no podrá superar los 5 años de plazo.
- Si
cuenta con 20 años de servicio o más, válidos para el retiro, no requiere
presentar aval.
- Para
el personal con menos de 20 años de servicio debe presentar un aval, con
20 años de servicio o más, activo o en condición de retiro con pensión, el
cual no debe encontrarse avalando más de 2 créditos en la JAVE.
- La
garantía del crédito se constituye mediante un Pagaré.
DOCUMENTOS REQUERIDOS
- Formulario JAVE.8.5-5.0.1 “Solicitud de Crédito JAVE
Reparación Menor”.
- Formulario JAVE 7.5-5.0.2 “Pagaré”, el que
será remitido por la JAVE al solicitante una vez aprobados los
antecedentes remitidos; "Pagaré" que deberá ser firmado ante
notario por el beneficiario, aval y su cónyuge si el aval es casado en
sociedad conyugal. En el "Pagaré" debe figurar la leyenda
"Firmo ante mi" o "Firmaron ante mí".
- Formulario de Declaración
Personal de Salud (DPS).
- "Declaración Jurada Ley
20.720". Firmada ante notario.
- Minuta de años de servicio o ficha personal,
si es el caso.
- Fotocopia de la última liquidación de sueldo.
- Fotocopia de cédula de identidad por ambos
lados vigentes, con firma y huella estampada del beneficiario.
- Cotización de los elementos a emplear para la
reparación o presupuesto de los trabajos a realizar, firmado por un
profesional o técnico del rubro, por un monto igual o superior al crédito
solicitado.
Para
mayor información, puede descargar los formularios en la página web www.jave.cl/
Créditos / Reparación Menor.